Cualquier persona puede comprar y vender los Certificados de Energías Limpias a través de Contratos de Cobertura Eléctrica negociados de manera independiente. Adicionalmente, los Participantes del Mercado podrán celebrar Contratos de Cobertura Eléctrica que incluyen CEL a través de las Subastas de Largo Plazos. Para el registro de las transacciones bilaterales pactadas en dichos contratos:
(i) La CRE realizará la transferencia de Certificados de Energías Limpias del registro del vendedor al registro del comprador, a petición del primero de los mencionados previa aceptación del comprador.
(ii) El CENACE no participará en la liquidación financiera de las transacciones bilaterales de los Certificados de Energías Limpias.
(iii) Para poder llevarse a cabo las transacciones bilaterales de Certificados de Energías Limpias, dichas transacciones deberán estar registradas en el Sistema de Registro Gestión y Retiro de Certificados de Energías Limpias de la CRE y haberse sujetado al proceso que establezca la CRE para su expedición gestión y retiro, y la transacción deberá estar registrada en dicha plataforma. Es responsabilidad de las partes a la transacción bilateral realizar el registro correspondiente.